¿BUSCANDO UN CHIVO EXPIATORIO?
Sobre la intención de López Aliaga de trasladar su responsabilidad por el fallido proceso de discovery frente a Brookfield a la Procuraduría Ad Hoc para el caso Lava Jato
Hace unos días se conoció de un nuevo revés de Rafael López Aliaga en sus diversos intentos efectuados de acudir a la justicia norteamericana en pos de dirimir a su favor el conflicto que mantiene con la empresa Brookfield por la concesión de Rutas de Lima.
Curiosamente, la decisión de López Aliaga de acudir ante la justicia norteamericana se sustentó en el hecho que, según los propios temimos del Alcalde de lima, este confiaba más en la justicia de los Estados Unidos que en la del Perú. Pero hasta ahora, no ha ganado ningún caso en dichas tierras.
Esta vez se ha tratado de un proceso de Discovery promovido en la ciudad de Nueva York.
El proceso de "discovery" en la ley de Estados Unidos es un mecanismo procesal utilizado en litigios civiles y algunos penales que le permite a las partes de un juicio acceder a información que podría ser utilizada como prueba en el juicio, lo que ayuda a identificar las fortalezas y debilidades de cada caso y a preparar una estrategia legal más efectiva.
En efecto, el alcalde Rafael López Aliaga contrató al estudio de abogados neoyorquino Boies Schiller Flexner para que litigue contra la empresa Brookfield ante la justicia estadounidense. El objetivo era que el juez federal Lewis J. Liman ordenara a dicha compañía, que entregase documentación relacionada con la compra de acciones a Odebrecht en la empresa Rutas de Lima.
Según la argumentación de la defensa de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), la información requerida supuestamente probaría que Brookfield cometió actos de corrupción cuando adquirió la participación de Odebrecht en Rutas de Lima.
Sin embargo, el juez del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, Lewis J. Liman, rechazó el requerimiento del estudio de abogados Boies Schiller Flexner, emitiendo un fallo adverso a las pretensiones del burgomaestre limeño.
Y es que la mencionada acción de Discovery estaba destinada al fracaso desde un inicio y Rafael López Aliaga decidió contratar al estudio Boies Schiller Flexner por la millonaria suma de 97 millones de Soles aproximadamente, a pesar que la misma Procuraduría de la municipalidad Metropolitana de Lima le dijo, mediante un informe, que según la ley de USA, la municipalidad no era competente para plantear del Discovery.
¿Y que ha hecho ahora López Aliaga?, pues salir a los 4 vientos a decir que el proceso de Discovery no está perdido y que este se salvar si y solo si la Procuradoría ad hoc del caso Lava Jato apoya oficialmente dicho pedido.
Pero, el pronunciamiento del Juez que vio el caso del Discovery en New York ha sido claro en determinar que NO se cumplen con los requisitos de ley para proceder con dicha acción.
¿Qué es lo que ha dicho el Juez?, primero, que la municipalidad no califica como parte interesada.
Segundo, el Juez ha indicado quién sí podría calificar como parte interesada, haciendo referencia a la entidad en el Perú que:
• Está a cargo de las investigaciones penales,
• Puede introducir prueba en el caso penal y
• Está a cargo de los procedimientos de cooperación internacional.
Estas funciones (así descritas por el Juez), en nuestro marco normativo nacional no las tiene la Procuraduría Ad Hoc, sino el Ministerio Público (entiéndase la Fiscala).
En todo el documento el Juez hace mención al “Prosecutor”. Un mínimo trabajo de búsqueda de información lleva a observar que dicha función en el sistema legal norteamericano se refiere a quien tiene el cargo de Fiscal (a pesar que la traducción al castellano del término sea “Procurador”).
Entonces, claramente se concluye que el Juez estadounidense no se refiere en el documento al Procurador Ad Hoc sino al fiscal.
El alcalde y sus defensores han retrucado que en USA, la persecución del delito y la defensa de los intereses legales del Estado están a cargo de una sola institución, el departamento de Justicia, por lo que le correspondería entonces a la Procuraduría Ad Hoc participar del proceso.
Esta afirmación muestra un evidente desconocimiento del derecho internacional. Aunque la competencia para los temas antes mencionados las tenga una sola entidad en USA, los jueces de dicho país no le pueden asignar las mismas competencias a la entidad que les parezca debería ser su símil en el Perú, debiendo limitarse a reconocer la competencia que, para el caso, el Perú ha otorgado a una entidad en su legislación interna y, que para el presente caso, es el Ministerio Público.
Se trata de un principio básico de soberanía.
Estos argumentos revelan la poca rigurosidad en el análisis que ha tenido el Estudio contratado por el Alcalde para tremendo desaguisado y el burdo intento de “soplarle la pluma” a la Procuraduría Ad Hoc para trasladarle la responsabilidad por ello.
Por lo expuesto, queda descartada la tesis de la competencia de la Procuraduría Ad Hoc para participar en el proceso del Discovery promovido por la MML.
En este punto el lector preguntarse: ¿si ello es así, por qué entonces RLA no solicita la participación en el proceso del Ministerio Público?
La respuesta es obvia: además de la manifiesta animadversión de RLA por el equipo de fiscales Lava Jato, este sabe que dicha entidad es autónoma y no puede ser presionada por él ni por sus aliados en el Poder Ejecutivo y el Legislativo. Cosa que no sucede con la Procuraduría General del Estado, la cual si está expuesta a influencia del Poder Ejecutivo y podría terminar cediendo a la presión.
Pero al margen de las presiones, ¿debe el Ministerio Público tomar la lanza y acudir en auxilio de RLA?. La respuesta es negativa por lo siguiente:
Otro problema neurálgico es que el Juez ha evaluado que no se cumplía con el requisito del domicilio ni para Brookfield ni para BIP (la subsidiaria de Brookfield).
¿Qué significa eso? Que como las operaciones respecto a las cuales se solicitó se produzca la prueba a través del Discovery, no se realizaron en New York sino en Canadá y Perú, por lo que dichas empresas no están bajo la competencia del juez americano para pedirles evidencia a través del proceso en mención.
En conclusión, ni Brookfield ni BIP podían ser demandadas en este procedimiento existente en la legislación norteamericana. Y eso es definitivo.
Pero si dicho argumento no fuese suficiente, también ha señalado el Juez que, de los 4 procedimientos penales señalados por la MML para el Discovery, 2 se encuentran en etapa de acusación (casos Villarán y PPK) y ya cuentan con evidencia suficiente, por lo que, si bien la prueba que se pudiese producir (en el supuesto negado de tener la competencia para demandarla) podría ser introducida en los procesos penales mencionados, el estándar para ello es mucho más alto de acuerdo a la legislación peruana.
Solo 1 de los 4 de los casos sí está en preparatoria y podría ingresarse la evidencia, pero en el caso concreto por Lavado de Activos en la que se investiga casualmente la compra de acciones de Brookfield a Odebrecht (que es la materia principal del Discovery), no podrá ingresarse ninguna prueba producida puesto que no cumple con el requisito de ser un “procedimiento ante un tribunal extranjero” (requisito de la ley americana).
¿Qué significa eso?, Que el único caso que realmente tenía vinculación directa con el proceso de Discovery solicitado (y era por lo tanto la principal causal de este), está todavía en investigación preliminar y sin conocimiento de un Juez aún. Es decir, que cualquier evidencia que hubiera podido ser obtenida allí no podría ser introducida en los procesos en el perú.
Hay otros datos que RLA no ha querido poner al descubierto:
La cuantiosa suma pagada por RLA al estudio de abogados (25 millones de dólares) no cubre la totalidad de los servicios. Solo cubrían los honorarios hasta la resolución en primera instancia. El procedimiento de reconsideración al que pretenden incorporar ahora a la Procuraduría Ad Hoc Lava jato no está incluido en los honorarios.
¿Qué significa eso?, que iniciar dicha acción (la misma que, como ya podrán caer en cuenta, está destinada al fracaso también) costaría varios millones de dólares adicionales.
Es decir que, se estaría buscando pasarle el costo del “muerto” a la Procuraduría Ad Hoc.
Si la MML no es competente para el proceso y la Procuraduría se sumase la demanda pasaría lo siguiente:
• La MML encontraría la excusa perfecta para no seguir pagando los honorarios del Estudio Boies Schiller Flexner y trasladarle los mismos a la Procuraduría.
• La MML encontraría un “culpable” para el fracaso de la demanda, achacándole a la procuraduría la falta de impulso de la misma (ante la negativa de esta a sufragar los costos de un proceso innecesario y una defensa defectuosa).
Queda meridianamente demostrado entonces que el proceso de Discovery promovido por RLA nunca tuvo sentido y representaba un gasto innecesario (y millonario además). Activarlo parece haber sido una maniobra política para mantener una narrativa de lucha contra la corrupción (muy conveniente de cara a las próximas elecciones), mas que un intento de combate real contra dicho cáncer que nos aflige.
Saque usted sus propias conclusiones.
(NOTA DE ACTUALIZACIÓN: Antes de la publicación del presente artículo, la procuradora general del Estado, María Caruajulca emitió la resolución Nª D000601-2025-JUS/PGE-PG, donde dispuso la defensa colegiada de la procuradora pública adjunta de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y de la procuradora pública Ad Hoc en el proceso judicial de Discovery en USA, aunque cuidando de precisar que dicha participación no generará costos para la Procuraduría General del Estado (por lo que la MML debería sufragar los costos adicionales que se producirán)